Nuevo organigrama de la Administración Pública: El Gobierno dispuso una reorganización administrativa de los organismos descentralizados
Define qué dependencias pasarán a depender de la Secretaría General de la Presidencia y establece las competencias de la Jefatura de Gabinete en relación a los organismos descentralizados del Estado. (Télam)
El Gobierno dispuso una reorganización del organigrama de la Administración Pública Nacional hasta el nivel de Subsecretarías, definió cuáles serán las dependencias que pasarán a depender de la Secretaría General de la Presidencia, y estableció las competencias que tendrá la Jefatura de Gabinete de Ministros en relación a los organismos descentralizados del Estado.
Se trata de un nuevo organigrama de la Administración Pública que se definió en el Decreto 111/2024 del Poder Ejecutivo, que lleva la firma del presidente Javier Milei y del ministro de Interior, Guillermo Francos, y que fue publicado este viernes en el Boletín Oficial.
La normativa establece que pasarán a depender de la Secretaría General de Presidencia los siguientes organismos: la Unidad de Gabinete de Asesores; la Subsecretaría de Coordinación Administrativa; la Subsecretaría de Gestión Institucional; la Subsecretaría de Planificación General; la Subsecretaría de Asuntos Presidenciales; la Subsecretaría de Vocería y Comunicación de Gobierno y la Casa Militar, y se crea la Subsecretaría de Prensa de la Presidencial de la Nación.
Secretaría General de la Presidencia
En tanto, se establece que la Secretaría General de la Presidencia tendrá entre sus funciones “entender en la difusión de las actividades del Sector Público Nacional y de los actos del Estado Nacional y en su relación institucional con los medios de comunicación”.
“Entender en la planificación, contratación y ejecución de la publicidad oficial de gestión centralizada y en la coordinación y ejecución de la publicidad oficial de gestión descentralizada, y también en la formulación, planificación, ejecución y supervisión de la política de comunicación pública del Estado, en el ámbito de su competencia”.
Podrá además “coordinar, en el ámbito de su competencia, el diseño, la planificación, la implementación y el seguimiento de las campañas de comunicación del Estado y de la producción de sus contenidos”, y estará a cargo de “el diseño y la elaboración de contenidos de las redes sociales del Presidente de la Nación”.
La Secretaría general tendrá entre sus funciones administrar “la relación con los medios de comunicación nacionales e internacionales”, y gestionar la información que se brinda sobre la gestión de gobierno a los medios de comunicación, nacionales, provinciales, de la Ciudad de Buenos Aires, municipales e internacionales.
También participará en la obtención, análisis y sistematización de la información de las acciones de gobierno y atenderá en coordinación con las áreas con competencia en la materia, en lo relativo a las transmisiones presidenciales, incluyendo las tareas de producción, edición y fotografía”, entre otras funciones.
Jefatura de Gabinete
También se establecen atribuciones para la Jefatura de Gabinete, que por medio de una reorganización administrativa, estará facultada para “intervenir, de conformidad con las pautas y lineamientos en la administración y funcionamiento de Radio y Televisión Argentina S.E –integrada por LS82 Canal 7, LRA Radio Nacional y Radiodifusión Argentina al Exterior (RAE)–; en Télam S.E y en Contenidos Públicos S.E., “así como en la operación, desarrollo y explotación del contenido y funcionamiento del Polo de Producción Audiovisual y de las señales integrantes de dicha sociedad”.
La Jefatura de Gabinete entenderá “en la participación del Estado Nacional en Telesur, de conformidad con las pautas y lineamientos impartidos” por el Gobierno Nacional, y ejercerá la presidencia del Consejo Asesor del Sistema Argentino de Televisión Satelital Terrestre, “pudiendo delegar dicha función en un funcionario de la Secretaría con rango no inferior a Subsecretario”.
El organismo a cargo del Nicolás Posee estará también a cargo de la “administración, operación y desarrollo del Banco Audiovisual de Contenidos Universales Argentino (BACUA), sus señales, medios relacionales y conexos”.
En el articulado del Decreto se define que dentro de la órbita de la Jefatura de Gabinete estarán los organismos descentralizados de la Agencia de Acceso a la Administración Pública; la Agencia de Administración de Bienes del Estado; la Agencia Nacional de Discapacidad; el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (Conicet); la Agencia Nacional de Promoción de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación; la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología; el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom); El Banco Nacional de Datos Genéticos; la Comisión Nacional de Actividades Espaciales (Conae).
También dependerán de la Jefatura de Gabinete las empresas y entes del sector público nacional de la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología; Vehículo Espacial de Nueva Generación Sociedad Anónima; Secretaría de Empresas y Sociedades del Estado; Corporación Antiguo Puerto Madero Sociedad Anónima; Radio y Televisión Argentina Sociedad del Estado, Telám Sociedad del Estado y Contenidos públicos Sociedad del Estado.
Funcionamiento y recursos
La norma determina que “las modificaciones en la conformación organizativa y en los Objetivos de diversas áreas de la Administración Pública Nacional aprobadas comprende las transferencias de las unidades organizativas estructurales vigentes que se corresponden con dichos Objetivos, con sus respectivas acciones, créditos presupuestarios, bienes, dotaciones y personal con su actual situación de revista hasta tanto se aprueben las estructuras correspondientes”.
Se especifica que “hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes de nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente mantendrán las acciones, dotaciones y personal con sus respectivos niveles, situación de revista y suplementos vigentes a la fecha”.
En el articulado se aclara también que “hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas por la presente medida se atenderán con cargo a los créditos presupuestarios previstos en las Jurisdicciones correspondientes”.